El culebrón familiar por la herencia de un polista

A fines de 2010, Ignacio Ballesteros sufrió un grave accidente jugando al polo y quedó cuadrapléjico y en estado vegetativo. Meses antes, se había casado.

Según los medios de la época, la relación entre ella y sus suegros nunca fue buena y el accidente desencadenó una agria disputa sobre el cuidado del polista. Los padres consiguieron a mediados de 2012 una orden judicial para trasladarlo a Córdoba y tenerlo internado en un centro de rehabilitación. La esposa logró revertir la situación por vía de la justicia rosarina y la Corte Suprema, y Ballesteros fue llevado a Rosario.

Los padres lanzaron una ofensiva judicial contra su nuera, acusándola de diversos delitos. Lógicamente, ella desmintió categóricamente tales acusaciones. Inclusive, los suegros aprovecharon un viaje de vacaciones que hizo (según ella, las primeras en más de siete años de cuidado de su esposo) para denunciarla por abandono de persona y pedir la nulidad de su matrimonio.

Según la esposa, todo se centraba en tratar de quitarla del medio para poder hacerse de la administración de los bienes del hijo (inversiones en Buenos Aires, Córdoba, Inglaterra y China). Ella declaró que sus suegros hablaban de “herencia” cuando el polista todavía se encontraba vivo y casado. Aseguraba que la relación de los padres con su hijo era mala y que sólo los movió el interés económico.

Ella (es médica) sostiene que siempre debió seguir trabajando y que Ignacio fue requiriendo constantes e intensivos cuidados médicos desde el accidente, a lo que (según ella) sus padres se oponían. Ignacio falleció recientemente y ahora se ha abierto una feroz pelea por su herencia. Los padres (asegura la mujer) pujan por declararla indigna y así desplazarla de todo derecho hereditario.

Tanto las disputas posteriores al accidente como las que están ocurriendo luego de su muerte eran evitables. Ballesteros podía haber hecho una combinación de fideicomiso, testamento y directivas médicas anticipadas. Lo que le pasó a Ignacio Ballesteros, le pudo haber pasado a cualquiera en un accidente automovilístico o algún problema de salud grave.

Con el fideicomiso, no solamente hubiera blindado sus activos contra cualquier ataque de terceros, sino que el fiduciario (administrador) hubiera estado obligado a usarlos en beneficio exclusivo de Ballesteros hasta el último día de su vida. No hubiera dependido de la buena voluntad (o falta de ella) de sus padres ni de su mujer para destinar recursos económicos a su cuidado y tratamiento. Con el testamento, hubiera podido hacer uso de su porción disponible (un tercio de su bienes) para -por ejemplo- mejorar la porción forzosa de su mujer.

Otorgando directivas médicas anticipadas, hubiera podido dejar establecido qué tratamientos aceptaba o rechazaba, o qué debía hacer su familia ante una situación neurológica tan grave como la que le tocó vivir.

Juan Cruz Acosta Güemes
Socio SFI Servicios Fiduciarios

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