Muchísimo se viene hablando de los trusts (término que usaremos en este artículo para referirnos tanto a los fideicomisos como a los trusts propiamente dichos). Como es algo nuevo para la enorme mayoría de la gente, resumimos los planos que hay que analizar en la fase de decisión previa. Nos basamos en nuestra opinión profesional y experiencia con cientos de familias latinoamericanas a las que hemos asesorado en todos estos años.
Esos planos son:
- El psicológico;
- El del valor (relación costo-beneficio);
- El legal; y
- El impositivo.
Los planos deben actuar como filtros sucesivos. El cuarto es relevante, aunque en cierta medida no es esencial como los otros. Nos referiremos a cada uno para analizarlos resumidamente.
- El plano psicológico
La persona interesada debe estar en condición de meditar sobre su vejez y su propia muerte. Debe asumir que su armoniosa familia puede tener conflictos futuros (especialmente cuando la persona ya no esté) y estar tranquilo y seguro que sus activos salgan de su titularidad y control y pasen a manos de un tercero durante la vigencia del trust. Quien no entienda y acepte estos conceptos y consecuencias, directamente ni debería plantearse hacer un trust. Va a perder tiempo y dinero y, además, va a dormir mal. Hay que desconfiar de quien quiera forzarte a hacer un trust.
- El plano del valor (relación costo-beneficio)
Superado el filtro psicológico, hay que analizar el segundo plano. Constituir y administrar un fideicomiso genera costos, honorarios y gastos. Hay que retribuir al fiduciario por su exposición, responsabilidad y actividad profesional. Hay gastos legales, contables, administrativos y notariales. No todos los patrimonios toleran el costo de hacer un fideicomiso. Los beneficios, como ya hemos explicado en otros artículos, son la protección de activos, la planificación hereditaria y al menos la neutralidad fiscal. Si el valor del patrimonio no justifica esos gastos, o si la renta del mismo no es al menos suficiente para solventarlos, como mínimo, el fideicomiso será inviable y no debería hacerse.
- El plano legal.
Si el interesado entendió psicológicamente las implicancias de un fideicomiso y acepta la relación costo-beneficio, puede ya pensar en hacer un fideicomiso. Como se trata de una figura legal, su estructuración debe ser impecable en ese plano. Tiene que tener todos los elementos esenciales que el fideicomiso requiera en la ley aplicable, y el cliente debe entender y aceptar esas reglas de juego. Si falta un elemento esencial, no hay fideicomiso. Será cuestionable por terceros (por ejemplo, acreedores) y, por lo tanto, no debería hacerse. Constatados los elementos esenciales, debe estructurarse en forma óptima, aprovechando todas las ventajas y oportunidades que nos brinde la legislación aplicable y teniendo claros los posibles riesgos para prevenir futuros problemas. Es un ejercicio conjunto entre el cliente y su asesor y es lo que más tiempo lleva.
- El plano impositivo.
Llegamos entonces al último plano que debe ser considerado. El cliente puede estar en situación psicológica correcta para hacer el fideicomiso, y su costo-beneficio ser aceptable. El interesado además ha consentido la estructura legal correcta para que haya fideicomiso, y junto a su asesor lo ha adaptado óptimamente para su situación. Resulta fundamental comprender ahora el alcance impositivo de lo que se está queriendo hacer. Constituir el fideicomiso de la manera prevista, ¿nos va a llevar a pagar menos impuestos que si no lo hubiera creado? ¿O a pagar más? ¿O lo mismo (neutralidad)? En cualquiera de las tres opciones, el cliente debe aceptar el resultado de antemano. Si no lo acepta, no debería hacer el fideicomiso planificado. En aquellas áreas de duda, o en las que todavía no hay antecedentes que permitan emitir una opinión previa, debe al menos entender y aceptar qué pasaría ante un escenario adverso.
Con cierta frecuencia, el cliente ve que el posible ahorro de impuestos es muy parecido al costo de estructurar y mantener el trust. Equivocadamente, aún superados los tres filtros iniciales, desiste sólo por ese factor. Si, por el mismo costo que debe pagar por un impuesto, gana la protección de activos y la planificación hereditaria, la ventaja es evidente y debería apreciarla.
Conclusiones.
Estas líneas han intentado resumir años de experiencia profesional y casos concretos. Cada familia es un mundo y debería tener un fideicomiso personalizado que contemple esa verdad. Esto no es incompatible con que el proceso de análisis previo debe ser sustancialmente el mismo.
Ojalá estos cuatro canales o filtros sucesivos de análisis sirvan como guía para los que se están acercando al mundo del trust . La mayoría siente una lógica desorientación y se ve abrumada por tanta información, muchas veces expuesta en forma incomprensible o poco amigable.
Juan Cruz Acosta Güemes
Socio SFI Servicios Fiduciarios