¿Trust “a la argentina” o trust bien hecho?

Cabe preguntarse: ¿por qué estamos como estamos si decimos que somos “el mejor país del mundo”¿Será que somos los más vivos, los que logramos sin esfuerzo e instantáneamente el mismo resultado que a los “tontos” les lleva años, trabajo y sacrificio? Lo que otros hacen en forma correcta, ordenada y con paciencia nosotros lo hacemos “a la nuestra”: al revés, caóticamente y buscando soluciones mágicas.

La realidad termina siendo nuestra eterna enemiga porque nos muestra diariamente que no somos los mejores ni los más vivos, sino que nos creemos los mejores y los más vivos, cuando somos lo contrario.

Hace más de 15 años que me dedico casi exclusivamente a temas fiduciarios y patrimoniales en forma internacional. En el último mes, tuve más consultas de argentinos sobre trusts y fideicomisos que en los otros casi quince años sumados. ¿Debería estar contento? Tal vez, pero debo confesar que no.

Porque en el 90% de las consultas veo como patrón que se quiere usar el trust como una herramienta de “viveza criolla” y como un método torpe y de moda para evitar el pago de mayores impuestos. ¿Es para tanto? Sí, es para tanto.

Nos escucharán repitiendo siempre estos conceptos esenciales porque, justamente, son conceptos esenciales. Están en la esencia del trust o fideicomiso. Son tres, y están en orden de importancia. No son intercambiables. Son estos:

1.   Protección de activos.

2.   Planificación hereditaria.

3.   Neutralidad fiscal.

Traducido: el trust es para proteger activos, para planificar mi herencia y (de mínima) no debe empeorar mi situación impositiva.

¿Qué vemos hoy? Que ese 90% de consultas tienen como único objetivo el tercer punto, y ni siquiera puede hablarse de “neutralidad”. Directamente quieren quedar afuera de impuestos. Entonces: el primer error es pretender hacer un trust por el motivo equivocado. Cuando el primer (¡y único!) objetivo es ese, imagínense la calidad de ese trust.

Se superponen a estos elementos esenciales del trust los requisitos impositivos que Argentina pueda tener para que un contribuyente que aporta activos a un trust pueda decir válidamente que ya no es dueño de ellos.

Este es el famoso “desapoderamiento”, que debe tener además el carácter de irrevocable. En mi experiencia, estas dos palabras son un puñal para el cliente argentino promedio. El rechazo que le genera hace que busque hacer un trust en el que no se den esas condiciones. Busca erosionarlas, maquillarlas, condicionarlas y hasta casi eliminarlas. Llega entonces el segundo error: no solamente el trust será atacable el motivo por el que se constituyó, pero además será sumamente cuestionable desde el aspecto impositivo. Si no hay desapoderamiento irrevocable, tu trust será “muy lindo”, pero para la AFIP el contribuyente nunca dejó de ser el dueño de las cosas.

Hoy cualquiera habla de fideicomisos, todos leen, todos opinan, todos “tienen un amigo que…”, etcétera. Pero, ¿alguien puede creer que la autoridad impositiva no va a fiscalizar minuciosamente la enorme cantidad de trusts que se están creando (y que se van a seguir creando) en este verdadero “Año Nacional del Trust”?

Dentro de esa fiscalización, ¿qué les parece que va a pasar con los trusts “a la argentina” que no tengan verdadero desapoderamiento irrevocable y no estén perfectamente estructurados? Lo podemos anticipar ahora: serán rechazados desde su intención de “viveza criolla tributaria” y los contribuyentes terminarán pagando el impuesto, las penalidades e intereses, el costo de armar el trust mal hecho y el de desarmarlo. Los trusts hechos “a la argentina” tendrán un final “a la argentina”.

Quien piense en hacer un trust, debe hacerlo en forma sólida y correcta.

Juan Cruz Acosta Güemes
Socio SFI Servicios Fiduciarios

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