Pensiones, filiación múltiple, licencias y unión legal de más de dos personas son algunos de los reclamos. Antecedentes y posibilidades.
Los diferentes modelos de familia avanzan y la ley reconoce los derechos y obligaciones de cada una de ellas. Pero, ¿qué pasa en el caso de aquellas personas que optan por el poliamor?
Los reclamos de quienes practican relaciones no monogámicas comienzan a hacerse presentes en pos de lograr igualdad en lo que al derecho civil concierne. Ciertos veredictos ofrecen algunas pistas de lo que podría llegar a ser el próximo debate.
En Argentina, un fallo de la justicia salteña dejó la puerta abierta para el reconocimiento del poliamor a la hora de igualar derechos y, en Colombia, una sentencia otorgó a dos viudos una pensión tras el fallecimiento de su pareja.
En España, en tanto, la asociación Poliamor Madrid lucha entre otras cosas por legalizar la unión entre más de dos personas, establecer licencias que incluyan este tipo de vínculos y conseguir la filiación múltiple.
Pensión para dos viudos en Colombia
Para Juan Cruz Acosta Güemes, abogado y director de SFI Servicios Fiduciarios, debido a los antecedentes llevados a la justicia, la problemática ya está presente. Los jueces se empiezan a autoplantear si el Estado tiene derecho a imponer un modelo de familia a sus habitantes, aseguró a Clarín.
El abogado destacó que uno de los puntos más fuertes se da a la hora de la filiación, y citó el caso de Canadá y Estados Unidos, donde según afirmó, algunos estados permiten hasta cuatro progenitores. Lo que sucede, mencionó, es que se comienzan a dejar de lado los criterios anteriores para pensar en el bienestar del niño.
Por otra parte, invocó un fallo que tuvo lugar recientemente en Colombia. Allí, la madre de un hombre, quien dependía económicamente del fallecido, entró en conflicto con los dos viudos de éste al reclamar una pensión.
La sentencia fue a favor de los dos integrantes de la trieja que sobrevivieron. El juez dijo que, por criterio amplio de familia, hay una relación de monogamia entre tres, consentida, donde no se acepta una cuarta persona. Sostuvo que hay afecto, hay respeto, hay un proyecto en común y dice que eso eso define a una familia y no la cantidad de personas, explicó Acosta Güemes.
La resolución, agregó, también habló de conciencia de inclusión, de cómo hacer para no excluir a las personas que eligen otro proyecto de vida que no parece amoldarse a lo que la ley y la sociedad originalmente tenían diseñado.
Así, la justicia colombiana terminó reconociendo los derechos de estos dos viudos con una mitad de pensión para cada uno.
Argentina: sin sentido restrictivo de familia
En noviembre de 2021 un hombre se presentó ante la justicia de Salta para certificar que durante 34 años había estado en pareja y convivido con una persona recientemente fallecida.
Al no haber matrimonio, aportó las pruebas necesarias para acreditar la relación y así acceder a una pensión. En ese momento, la jueza sentenció que estaban probados el vínculo y la convivencia.
Pero poco después este mismo viudo volvió ante la magistrada y afirmó que en realidad formaba parte de una trieja y que el otro integrante de la relación acababa de morir, reclamando así una segunda pensión.
La jueza dijo que ella se limitaba a constatar si lo que aseguraba esta persona, que era para su propio interés, era cierto. Y dijo que la persona no lo estaba acreditando correctamente, que no había pruebas contundentes, que los testigos se contradecían y que en un principio había dicho que eran dos personas. A nivel probatorio había una debilidad en el planteo. Por no poder probarlo, la jueza dijo que no podía certificar lo que se pedía, con lo cual no accedía a ese derecho, relató Acosta Güemes.
Sin embargo, la magistrada salteña no descartó hacer lugar a otros posibles reclamos poliamorosos. El abogado contó que la jueza escribió que quería dejar sentado que el fallo no implicaba que el juzgado tuviera un sentido restrictivo de familia o que no tuviera en cuenta estos casos si los pudieran demostrar, dejando la puerta abierta a que esto suceda en el futuro.
Finalmente, amplió, invocó el precedente colombiano y uno chileno bastante parecido, así como un fallo de la Corte Interamericana que dice que los estados miembros no pueden imponer un modelo de familia.
Los derechos deberían ser los mismos
Maria Belén Maynard (en Instagram, @poliamorarg) tiene 26 años y se define como poliamorosa y activista del amor libre. Tanto el ámbito del derecho como muchos otros no contemplan este tipo de relaciones. Los derechos que tiene una persona con un vínculo sexoafectivo como las que tienen más de uno deberían ser los mismos, aseguró a este medio.
La joven comentó que en 2019 tuvo su última relación monogámica, en la cual no se sentía escuchada, respetada, ni amada, y así comenzó a cuestionarse si ese era el modelo de pareja al que aspiraba.
En ese marco dio un vuelco a su vida, pero no sólo a nivel personal. Además de practicar el poliamor, también lo milita y divulga a través de sus redes sociales. La filosofía del amor libre se basa en valores como el compromiso, el respeto, la solidaridad, la empatía y la compersión, cerró.
Fuente: Diario Clarín