Al desafiante contexto local que pone a las pequeñas y medianas empresas (pyme) al filo de la cornisa, con menos inflación pero caída de consumo, costos e impuestos altos, se suma la preocupación de perder su patrimonio por un incumplimiento o descuido.
Frente a este contexto, junto con cumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social para no caer en dilemas judiciales que pueden traer embargos y muchos dolores de cabeza a los hombres y mujeres de negocios, los especialistas recomiendan “blindar” el patrimonio de las pyme.
En general, el principal riesgo y error que cometen los responsables de pequeñas empresas es “confundir” el patrimonio familiar, personal, con el de la firma. “Por ejemplo, está la cultura de que no se quieren endeudar externamente, entonces, todo lo que ganan lo reinvierten o vuelven a poner de su bolsillo dinero en la empresa para que ésta pueda operar“, contó Juan Cruz Acosta Güemes, director de la gerenciadora de patrimonios FDI.
“Ante un problema que afecte a la empresa como un tema laboral, previsional, impositivo, ambiental, etcétera, se termina poniendo en riesgo el capital propio de ese empresario que ya debería haber retirado de la empresa como beneficio“, señaló.
Según recomendó Acosta Güemes, la empresa debería tener su propio patrimonio separado al del dueño. Para eso, existe la opción de conformar un Fideicomiso familiar o sucesorio, técnicamente llamado Fideicomiso de Administración y Sucesión (FAS).
“Una herramienta más de protección” que permite no solo que el dueño de la pyme retire lo que le corresponde como patrimonio propio y lo guarde, sino además “que lo ponga en un cofre blindado que es aparte del patrimonio personal y aparte del patrimonio de la empresa”.
“Así, aun cuando un problema de la empresa terminará afectando a sus dueños o directivos, el fideicomiso actúa como “protección adicional” dijo el experto de FDI”.
“Si el fideicomiso está constituido como corresponde y en el tiempo adecuado, se vuelve algo inexpugnable contra el ataque a acreedores de la empresa o eventualmente del empresario“, señaló.
Al principal beneficio de protección del patrimonio como segundo efecto se logra la planificación sucesoria, es decir que el empresario puede en ese fideicomiso establecer un “plan para su muerte”, para que los activos no atravieses en proceso de sucesión, sino que “ya esté planificada” la distribución.
Además, en un tercer nivel se agrega un beneficio en el plano fiscal. “El hecho de tener los activos en un fideicomiso es un tratamiento impositivo, que puede dar mejor resultado que el tratamiento que tiene un activo de una persona física“.
En resumen, correctamente realizado, el FAS es un canal adecuado para proteger los activos de la familia, optimizar la carga tributaria y establecer la planificación sucesoria y hereditaria deseada.
De ahí la importancia de que en esta tarea también participen el abogado, el escribano y el tributarista que asesore a la pyme.